
En una discusión alguien preguntó cómo equilibrar la atención al 'resultado' y la atención al 'proceso' en la consulta.
Mi opinión es: cuando el consejero pone el énfasis en el resultado, lo que realmente se sacrifica es, a menudo, precisamente el resultado mismo.
Desde la perspectiva de la Terapia Centrada en la Persona, siempre que se cumplan las seis condiciones necesarias y suficientes, la consulta producirá efectos naturalmente. Esta premisa requiere que el consejero experimente auténticamente las tres condiciones nucleares. Y en este proceso no se incluye el centrarse deliberadamente en el 'resultado' en sí, independientemente de cómo se defina dicho resultado.
Cuando Rogers discutió las condiciones terapéuticas en su artículo de 1959, señaló específicamente: tras reflexionar repetidamente, decidió que al describir la cuarta y la quinta condición —es decir, la consideración positiva incondicional y la empatía del consejero hacia el cliente— solo enfatizaría la experiencia interna del consejero de ambas, y no enfatizaría que el consejero necesite expresarlas intencionalmente al mismo tiempo. Porque en el funcionamiento interno auténtico del consejero, estas experiencias a menudo se transmiten naturalmente a través del tono de voz, las expresiones faciales, etc. Siempre que estas experiencias sean recibidas por el cliente, la terapia tendrá efecto, lo cual no depende de si el consejero intenta 'expresarlas'.